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04/12/1979
M.A.P., M.S.P.
Se crea una Comisión de estudio sobre residuos
biológicos en la carne.
Montevideo, 9 de Octubre de 1979.
VISTO: la gestión formulada por
RESULTANDO: I) La mencionada Dirección indica que
independientemente de la función de control de las carnes y productos cárnicos
para exportación, a efectos de cumplir con las exigencias vigentes por parte de
los países compradores en materia de residuos biológicos en esos productos, es necesario
establecer un estudio profundo de la problemática nacional sobre residuos
biológicos que tienda al control en el uso de plaguicidas para la agricultura y
ganadería, de modo de mantener niveles aceptables en los productos finales.
II) Agrega que el programa propuesto tiene además un
Interés Nacional en el sentido de salvaguardar la salud pública al no exponerla
a la ingestión de residuos biológicos en los alimentos de origen animal, en
niveles mayores a los aceptables.
III) Propone por tanto, la creación de una Comisión
de estudio de la problemática nacional sobre residuos biológicos en la carne.
IV) Expresa, asimismo, que -a tales fines- el Centro
de Investigaciones Veterinarias "Miguel C. Rubino"
posee los equipos adecuados para el procesamiento de muestras tendientes a
cuantificar el tenor de residuos biológicos en alimentos, siendo éste uno de
los cometidos naturales del Centro.
CONSIDERANDO: I) Siendo necesario el uso de
plaguicidas, el único camino para lograr los efectos antes enunciados, es
ejercer un control que racionalice el uso de los mismos.
II) Conveniente, por tanto, proveer en la forma
aconsejada por
ATENTO: a lo establecido en los Decreto Nš 367/968, de 6 de junio de 1968, Nš 100/977, de 16 de febrero de 1977 y Nš 149/977, de 17
de marzo de 1977;
EL PRESIDENTE DE
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase una Comisión de estudio de la
problemática nacional sobre residuos biológicos en la carne, que actuará en la
órbita del Ministerio de Agricultura y Pesca.
Artículo 2º.- Dicha Comisión funcionará presidida por
un delegado de
Artículo 3º.- Los cometidos de
a) Actualizar y estudiar permanentemente toda la
información relativa a residuos biológicos en la carne.
b) Proponer códigos de práctica adecuados para las
distintas zonas de producción, tendientes a un uso racional de los compuestos
capaces de producir residuos.
c) Integrar controles a efectos de disminuir los
mismos.
d) Impulsar labores de extensión para adecuar al
productor a las prácticas aconsejables.
e) Proponer la adopción de medidas que permitan la
supervisión técnica profesional de la fabricación, distribución,
comercialización y uso de los compuestos capaces de producir residuos, con el
fin de lograr un uso correcto y seguro de los mismos, así como el cumplimiento
de las normas legales que lo regulan.
f) Proponer
el establecimiento de una legislación nacional de residuos biológicos en el
medio rural y en la carne, en base al estudio de las características propias de
nuestro país y el estudio comparativo de la existente en otros países.
Artículo 4º.- La citada Comisión contará, para el
cumplimiento de sus cometidos, con un laboratorio o Grupo Analítico de
Residuos, cuyas funciones recaerán en el Centro de Investigaciones Veterinarias
"Miguel C. Rubino", un Sector de Apoyo y un
Servicio de Extensión que serán integrados por los otros sectores representados
en
Artículo 5º.- Las necesidades de local, secretaría,
etc., serán cubiertas por
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.
MENDEZ; JUAN C. CASSOU; LUIS NICOLETTI.