xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40"> Ley 11.252
11.252
09/04/1949

 

 

 

                                                                                        

         

M.H., M.I.P.P.S.

 

Enseñanza secundaria se dan recursos para dotar de edificio nuevo al Liceo Osimani y Llerena de Salto, incluyendo el alhajamiento.

 

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General;

 

DECRETAN:

 

Artículo 1º.- Amplíase la "Deuda de Obras Públicas 5% 1942", en la cantidad de un millón doscientos mil pesos, con destino a la adquisición de terrenos y financiación de las obras de construcción y alhajamiento del edificio para el Liceo Osimani y Llerena de Enseñanza Secundaria de Salto.

 

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

 

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de abril de 1949.

 

JOSE G. LISSIDINI, Presidente; ARTURO MIRANDA, Secretario.

 

Montevideo, 9 de Abril de 1949.

 

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

 

 

BATLLE BERRES; OSCAR SECCO ELLAURI