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M.S.P.
Centro de investigaciones clinicas se crea y se le
pasa un personal.
El Senado y
DECRETAN:
Artículo 1º.- Créase el "Centro de
Investigaciones Clínicas", dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 2º.- El personal técnico, secundario y de
servicio que actualmente desempeña sus funciones en el servicio encargado de
Cursos de Perfeccionamiento para Técnicos de Salud Pública, que funciona en el
Hospital Pasteur, pasará a desempeñar las mismas, al
"Centro de Investigaciones Clínicas".
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de
LISANDRO CERSOSIMO, Presidente; ARTURO MIRANDA, Secretario.
Montevideo, 14 de Julio de 1949.
Cúmplase, acúsese recibo, publíquese, insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE BERRES; FERNANDO FARIÑA.