xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40">
M.O.P., M.G.A., M.H.
Se autoriza la ampliación de una Deuda para realizar
obras y trabajos de reparación en las instalaciones de la Tablada Nacional.
El Senado y la Cámara de Representantes de la
República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General;
DECRETAN:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en la suma de doscientos veintinueve mil novecientos
noventa y seis pesos con ochenta centésimos, valor nominal ($ 229.996.80
v/n), la emisión de títulos de deuda interna autorizada por
Ley Nš 10.196, de 17 de julio de 1942, denominada "Deuda de Obras
Públicas 5%, 1942".
Artículo 2º.- El importe proveniente de
esta ampliación de deuda se destinará a obras y trabajos de
reparación de las instalaciones de
A) Construcción de cien (100) porteras de caños de
hierro.
B) Colocación de dichas porteras y material
necesario.
C) Reparación de las calles y eliminación de
pasarelas.
D) Reparación de brotes.
E) Desembarcadero.
F) Desembarcadero de lanares y reparación de las
mangas.
Total para obras $ 176.000.00. Imprevistos, 10% sobre
$ 176.000.00 - $ 17.600.00 - 8%. Para gastos de Dirección y Administración
sobre la suma de $ 193.600.00: pesos 10% sobre $ 209.088.00 - $ 20.908.80.
Total a emitirse $ 229.996.80.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 26 de octubre de 1951.
ARTURO LEZAMA, Presidente; MARIO DUFORT Y ÁLVAREZ,
Secretario.
Montevideo, 11 de Noviembre de 1951.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e
insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
MARTINEZ TRUEBA; MANUEL RODRIGUEZ CORREA; HECTOR ALVAREZ CINA; LUIS ALBERTO BRAUSE.