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M.H.
Se modifica el régimen de horario bancario.
El Senado y
DECRETAN:
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de
"Los Bancos, tanto privados como del Estado, e
instituciones similares, permanecerán abiertos al público en
toda
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de
JUAN F. GUICHON, Presidente; JOSÉ PASTOR SALVAÑACH,
Secretario.
Montevideo, 2 de Diciembre de 1952.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e
insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Por el Consejo: