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M.I.T., M.H.
Se autoriza la ampliación de una Deuda a fin de
aumentar el capital de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland para que cumpla determinados cometidos.
El Senado y la Cámara de Representantes de la
República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General;
DECRETAN:
Artículo 1º.- Auméntase el capital de
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 25 de junio de 1953.
DONATO CARTOLANO, 1er. Vicepresidente; M. ALBERTO BOZZO,
Secretario.
Montevideo, 29 de Junio de 1953.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e
insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Por el Consejo:
MARTÍNEZ TRUEBA; HECTOR A. GRAUERT; EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ; EDUARDO JIMÉNEZ DE ARÉCHAGA, Secretario.