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M.I.P.P.S.
Se declaran feriados para el departamento de Lavalleja y se
otorgan licencias especiales a unos funcionarios públicos.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General;
DECRETAN:
Artículo 1º.- Decláranse feriados para el Departamento de Lavalleja
los días 22, 23 y 24 de octubre de 1953 con motivo de cumplirse el primer
centenario del fallecimiento del prócer Nacional General Juan Antonio Lavalleja,
hijo preclaro de la ciudad de Minas.
Artículo 2º.- Acuérdase licencia en los mismos días, a los
efectos de poder concurrir a los actos conmemorativos a realizarse en la ciudad
de Minas, a los funcionarios de la Administración Pública nacidos en el Departamento
de Lavalleja.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo,
a 7 de octubre de 1953.
ALFEO BRUM, Presidente; JOSÉ PASTOR SALVAÑACH, Secretario.
Montevideo, 9 de octubre de 1953.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese
en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Por el Consejo:
MARTÍNEZ TRUEBA; JUSTINO ZAVALA MUNIZ; JULIÁN F. ÁLVAREZ CORTÉS,
Prosecretario.