xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40"> Ley 14.218
14.218
11/07/1974

 

 

 

         


M.I., M.R.R.E.E., M.E.F., M.D.N., M.O.P., M.S.P., M.G.A., M.I.C., M.E.C., M.T.S.S., M.T.C.T.

 

Ministerios, se crea el Ministerio de Vivienda y Promoción Social, se suprime el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo y se cambia la denominación de otros.

 

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente:

 

PROYECTO DE LEY

 

Artículo 1°.- Créase el Ministerio de Vivienda y Promoción Social, que tendrá competencia sobre las materias indicadas.

 

Artículo 2°.- Suprímese el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo.

 

Artículo 3°.- Los actuales Ministerios de Obras Públicas, de Industria y Comercio y de Ganadería y Agricultura pasarán a denominarse Ministerios de Transporte y Obras Públicas, de Industria y Energía y de Agricultura y Pesca, respectivamente.

 

Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 174 de la Constitución de la República, redistribuirá las atribuciones y competencias de los Ministerios referidos en los artículos anteriores.

 

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

 

Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 9 de julio de 1974.

 

ALBERTO DEMICHELI, Presidente; ANDRÉS M. MATA, MANUEL MARÍA DE LA BANDERA, Secretarios.

 

Montevideo, 11 de Julio de 1974.

 

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

 

 

BORDABERRY; CORONEL HUGO LINARES BRUM; JUAN CARLOS BLANCO; MOISES COHEN; WALTER RAVENNA; EDUARDO CRISPO AYALA; JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO; JULIO EDUARDO AZNAREZ; JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING; EDMUNDO NARANCIO; MARCIAL BUGALLO; FRANCISCO MARIO UBILLOS.