xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40">
M.A.P., M.I., M.R.R.E.E., M.E.F., M.D.N., M.E.C., M.T.O.P., M.I.E., M.T.S.S., M.S.P.
Derógase el Decreto-Ley Nš 15.370, de 11 de febrero de 1983, restableciéndose la plena vigencia del Decreto-Ley Nš 14.999, de 5 de marzo de 1976.
El Senado y
DECRETAN:
Artículo 1º.- Derógase el Decreto-Ley Nš 15.370, de 11 de febrero de 1983, restableciéndose la plena vigencia del Decreto-Ley Nš 14.999, de 5 de marzo de 1976.
Artículo 2º.- El Artículo 5º del mencionado Decreto-Ley Nš 14.499 quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5º.- La dirección
técnica y administrativa del organismo estará a cargo de un directorio
integrado por tres miembros, designados de conformidad con el Artículo 187 de
Al Presidente del Directorio corresponderá la representación del servicio en todos sus actos."
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de
ENRIQUE E. TARIGO, Presidente; MARIO FARACHIO, Secretario.
Montevideo, 18 de Noviembre de 1985.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI; PEDRO BONINO GARMENDIA; CARLOS MANINI RIOS; ENRIQUE V. IGLESIAS; RICARDO ZERBINO CAVAJANI; JUAN VICENTE QUIARINO; ADELA RETA; JORGE SANGUINETTI; CARLOS JOSE PIRAN; HUGO FERNANDEZ FAINGOLD; RAUL UGARTE ARTOLA.