xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40"> Decreto 500/006
12/12/2006
500/006

 

 

 

 

 

M.I.E.M., M.T.O.P.

 

Apruébase el Reglamento Técnico Metrológico de Instrumentos para Pesaje de Vehículos de Transporte por Carretera en Movimiento.

 

Montevideo, 1º de Diciembre de 2006.

 

VISTO: la gestión realizada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas para reglamentar el sistema de pesaje para vehículos de transporte por carretera en movimiento.

 

RESULTANDO: I) que el Decreto-Ley Nº 15.298 de 7 de julio de 1982 determina la competencia del Ministerio de Industria, Energía y Minería en la fijación de la política nacional de metrología;

 

II) que el Decreto Nº 326/986 de 25 de junio de 1986 instituyó el Reglamento de Límites de Peso para Vehículos que circulan por Rutas Nacionales, lo que es competencia del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;

 

III) que el Artículo 7º del Decreto-Ley Nº 15.298 creó la Dirección de Metrología Legal dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Minería, estableciendo sus competencias;

 

IV) que por el Artículo 297 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 se determinó la fusión de las Unidades Ejecutoras 003 y 006 del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", por lo que los cometidos y atribuciones de la Dirección de Metrología Legal pasaron a integrar los de esta Unidad;

 

V) que el numeral 2), Artículo 7º del citado decreto-ley, atribuyó a la Dirección de Metrología Legal la competencia para proponer al Ministerio de Industria, Energía y Minería, las reglamentaciones técnicas por las que deberán regirse los instrumentos de medida previo asesoramiento del Laboratorio Tecnológico del Uruguay;

 

VI) que se realizó una consulta pública a través de la página Web de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con el fin de que se pudieran realizar las observaciones o consideraciones del caso respecto al proyecto de Reglamento Técnico Metrológico de Instrumentos para Pesaje de Vehículos de transporte por carretera en movimiento.

 

CONSIDERANDO: que es conveniente reglamentar el sistema de pesaje para vehículos de transporte por carretera en movimiento, atento a lo dispuesto por el Artículo 11 del mencionado decreto-ley, que entre sus pautas para reglamentar instrumentos fija la preservación de la salud pública y la seguridad de las personas y cosas.

 

ATENTO: a lo informado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento Técnico Metrológico de Instrumentos para Pesaje de Vehículos de Transporte por Carretera en Movimiento, el que se anexa al presente y forma parte integral del mismo.

 

Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, y vuelva al Ministerio de Industria, Energía y Minería a sus efectos.

 

 

DR. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; MARTIN PONCE DE LEON; VICTOR ROSSI.

 

 

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El Reglamento Técnico Metrológico de Instrumentos para Pesaje de Vehículos de Transporte por Carretera en Movimiento se encuentra a su disposición en Transaction