xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40"> Ley 14.165
14.165
14/03/1974

 

 

 

                                                                                        

         

M.G.A.

 

Declárase Ley de la Nación el Decreto Nš 700/973, que establece un régimen de inscripción de existencias de animales y de utilización de guías de propiedad y tránsito.

 

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente:

 

PROYECTO DE LEY

 

Artículo 1º.- Declárase Ley de la Nación para todos los efectos a que hubiere lugar, desde su fecha, el Decreto del Poder Ejecutivo Nš 700/973, de 23 de agosto de 1973.

 

Artículo 2º.- El plazo previsto por el Artículo 67 de dicha norma se extenderá hasta el 30 de abril de 1974.

 

Artículo 3º.- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley y, en particular, los Artículos 235, 236, 237, 238, 241 y 242 de la Ley Nš 14.106, de 14 de marzo de 1973.

 

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

 

Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 5 de marzo de 1974.

 

APARICIO MÉNDEZ, Vicepresidente; ANDRÉS M. MATA, MANUEL MARÍA DE LA BANDERA, Secretarios.

 

Montevideo, 7 de Marzo de 1974.

 

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

 

 

BORDABERRY; BENITO MEDERO.