xmlns:w="urn:schemas-microsoft-com:office:word" xmlns="http://www.w3.org/TR/REC-html40"> Decreto 50/000

17/02/2000

50/000

 

 

 

 

 

 

CONSEJO DE MINISTROS

 

Junta Nacional de Drogas y Secretaría Nacional de Drogas. Se modifica el Artículo 7º del Decreto Nº 346/999.

 

Montevideo, 9 de Febrero de 2000.

 

VISTO: los Decretos Nº 148/992 de 3 de junio de 1992, Nº 401/991 de 5 de agosto de 1991 y Nº 297/995 de 8 de agosto de 1995.

 

RESULTANDO: I) que por los citados decretos se establecen normas y procedimientos en materia de misiones oficiales;

 

II) que por Resolución del Poder Ejecutivo se designó al Dr. Alberto Scavarelli representante honorario de la República Oriental del Uruguay para todo tipo de relacionamiento a nivel internacional multilateral en materia de drogas.

 

CONSIDERANDO: I) que a los efectos de que el mencionado representante pueda llevar a cabo la actividad internacional que se le ha encomendado procede se incluya la misma en las previsiones de los Decretos Nº 401/991 y Nº 297/995;

 

II) que asimismo corresponde modificar el literal c) del Decreto Nº 346/999 de 28 de octubre de 1999 por el que se regulan los cometidos de la Junta Nacional de Drogas y del Secretario de la Secretaría Nacional de Drogas.

 

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Actuando en Consejo de Ministros,

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Modifícase el literal c) del Artículo 7° del Decreto Nº 346/999 de 28 de octubre de 1999 el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

"c) ejercer la representación de la misma."

 

Artículo 2º.- Inclúyese en el Artículo 5° del Decreto Nº 401/991 de 5 de agosto de 1991 en la redacción dada por el Artículo 1° del Decreto Nº 297/995 de 8 de agosto de 1995 al representante internacional de la República Oriental del Uruguay en materia de drogas, Dr. Alberto Scavarelli.

 

Artículo 3º.- Exceptúase el referido representante de lo establecido en el Artículo 2° del Decreto Nº 148/992 de 3 de abril de 1992, sus modificativos y concordantes.

 

Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.

 

 

SANGUINETTI; GUILLERMO STIRLING; DIDIER OPERTTI; LUIS MOSCA; JUAN LUIS STORACE; YAMANDU FAU; LUCIO CACERES; PRIMAVERA GARBARINO; RAUL BUSTOS; LUIS BREZZO; BENITO STERN; BEATRIZ MARTÍNEZ.