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M.T.O.P., M.E.F., M.T.S.S.
Administración Nacional de Puertos, se modifica la Ley Nº 13.962,
sobre Bolsa de Trabajo de Estiba en puertos del litoral.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Deróganse el literal C) del Artículo 1º y el
Artículo 2º de la Ley Nº 13.962, de 19 de mayo de 1971.
Mantiénese el aumento de 2,5‰ (dos y medio por mil) del gravamen
estipulado por la Tarifa B-1 de la Administración Nacional de Puertos a que
se refiere el Artículo 33 del Decreto Nº 171/968 de 23 de febrero de 1968
(Título II, Capítulo IV) y modificativos con el destino, forma de recaudación
y versión señalados a dicho recargo por la Ley Nº 14.687, de 9 de agosto de
1977.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 16
de diciembre de 1980.
HAMLET REYES, Presidente; NELSON SIMONETTI; JULIO A. WALLER,
Secretarios.
Montevideo, 22 de diciembre de 1980.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese
en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
APARICIO MÉNDEZ; EDUARDO J. SAMPSON; VALENTÍN ARISMENDI; CARLOS
A. MAESO.