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CONSEJO DE MINISTROS
Dispónese que todos los organismos referidos en el Artículo
2º del "TOCAF 1996", deberán dar publicidad al acto de adjudicación
de las licitaciones públicas y abreviadas, las contrataciones en régimen de
excepción, las ampliaciones de las mismas y los actos de reiteración del gasto
por observación del Tribunal de Cuentas.
Montevideo, 28 de Mayo de 2007.
VISTO: lo dispuesto por los Artículos 5º de la Ley Nº 17.060
de 23 de diciembre de 1998 y 163 de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de
2002.
RESULTANDO: I) que por dichas normas todos los organismos públicos
deberán dar amplia publicidad respecto de sus adquisiciones de bienes y contrataciones;
II) que en cumplimiento del cometido establecido en el Artículo
5º del Decreto Nº 393/004 de 3 de noviembre de 2004 la Junta Asesora en Materia
Económica Financiera advirtió que sólo están cumpliendo en forma cabal dichas
obligaciones legales los organismos dependientes de la Administración Central.
CONSIDERANDO: I) que el ámbito de aplicación del Artículo 163
de la Ley Nº 17.556 citado, comprende a todos los organismos del Estado, no
sólo a los de la Administración Central;
II) que dicha norma legal estableció que el Poder Ejecutivo
por reglamentación determinaría la forma y condiciones, así como el medio
electrónico para remitir la citada información.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1º.- Todos los organismos públicos referidos en el
Artículo 2º del "TOCAF 1996", deberán dar publicidad al acto de
adjudicación de las licitaciones públicas y abreviadas, las contrataciones
en régimen de excepción, las ampliaciones de las mismas y los actos de reiteración
del gasto por observación del Tribunal de Cuentas. Dichos organismos enviarán
al sitio Web www.compraestatales.gub.uy, la referida información y contarán
para ello con un plazo de 10 días hábiles luego de producido el acto que se
informa.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
DR. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; DAISY TOURNE;
REINALDO GARGANO; DANILO ASTORI; AZUCENA BERRUTTI; JORGE BROVETTO; VICTOR
ROSSI; JORGE LEPRA; JORGE BRUNI; MARIA JULIA MUÑOZ; JOSE MUJICA; HECTOR LESCANO;
MARIANO ARANA; MARINA ARISMENDI.